Ampliado el plazo para presentar e ingresar determinadas declaraciones y autoliquidaciones para PYMEs y autónomos

El Real Decreto-Ley 14/2020, de 14 de abril, ha aprobado, en el ámbito de las competencias de la Administración Tributaria del Estado, la ampliación del plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias hasta el 20 de mayo de 2020.

En concreto, la medida establece el aplazamiento de la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias (IVA, pago fraccionado del IRPF e Impuesto sobre Sociedades), de aquellos contribuyentes cuyo volumen de operaciones no hubiera sido superior a 600.000 € en el año 2019, y cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley y hasta el 20 de mayo de 2020. En el caso de que la forma elegida para el pago sea la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones será hasta el 15 de mayo de 2020.

No obstante, para el caso de aquellos obligados que tengan la consideración de Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social, será requisito imprescindible que su último presupuesto anual aprobado no supere los 600.000 €.

Esta medida, tal y como se indica en el referido documento, no será aplicable:

  1. a los grupos fiscales que apliquen el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el capítulo VI del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su importe neto de la cifra de negocios;
  2. a los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido regulado en el capítulo IX del Título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con independencia de su volumen de operaciones;
  3. en relación con la presentación de declaraciones reguladas por el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se aprueba el código aduanero de la Unión y/o por su normativa de desarrollo.

Beatriz Alonso
Abogada en DJV Abogados

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