¿Cuántas veces las empresas y los profesionales españoles que quieren extender su actividad o vender sus productos en una Comunidad Autónoma distinta de la de origen encuentran trabas burocráticas inimaginables para hacerlo? ¿En cuántas ocasiones se encuentran en los pliegos de cláusulas de una licitación pública requisitos o criterios de valoración de las ofertas que de manera explícita o encubierta benefician a empresas o profesionales instalados en un municipio o una Comunidad Autónoma? Quienes recibimos habitualmente consultas jurídicas sobre este tipo de materias sabemos que son muchas. Pues, a pesar de que la Constitución y los Tratados de la Unión Europea establecen el principio de unidad de mercado, tan loable propósito choca a menudo con la realidad, es decir, con la práctica de tantas Administraciones que encuentran no pocas fórmulas o subterfugios para seguir favoreciendo a “los de casa”, en perjuicio de la libre e igual competencia económica y, por lo general, de los derechos de los consumidores y usuarios; sin importar, por otra parte, que ello suponga un incremento del gasto público.